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Preguntas y Respuestas Frecuentes

  • Consejería Departamental para la Competitividad
  • Oficina Asesora de Control Interno de Gestión
  • Oficina de Alcaldes de la Consejería Especial para el Desarrollo Municipal
  • Oficina de Prensa y Protocolo
  • Secretaría de Agua Potable y Saneamiento Básico
  • Secretaría de Desarrollo Social
  • Secretaría de Fronteras y Cooperación Internacional
  • Secretaría de la Mujer
  • Secretaría de Vivienda y Medio Ambiente
  • Secretaría Jurídica
  • Secretaría de Cultura
  • Secretaría de Educación
  • Secretaría de Planeación
  • Secretarí­a General
La iniciativa nacional de organizar un documento dinámico que contemple las iniciativas para llevar al Departamento a un mejoramiento en los niveles de competividad, que se constituye en la directriz para orientar las acciones tendientes a alcanzar la visión país de largo plazo establecido.
Pensar en la competitividad regional implica una nueva concepción de la descentralización. La competitividad es el principal fundamento de un crecimiento sostenido. Es un medio para mejorar los ingresos y la calidad de vida de los habitantes de una región. El indicador más robusto para medir la competitividad es la productividad (el valor producido en una hora de trabajo)
Es un documento dinámico y concertado entre el sector público, el sector privado y la sociedad civil, en donde se contemplan las necesidades del Departamento, en materia de competitividad con el fin de identificar las iniciativas y gestionarlas con el objetivo de generarlas con el objetivo de generar un impacto positivo en el nivel de competitividad de Norte de Santander.
Es una región en donde se producen bienes y servicios que compiten exitosamente en los mercados globalizados.
La vigencia del Plan Regional es autónomo para cada región, pero se requiere puntualizar en horizontes de tiempo de corto, mediano y largo plazo. La visión de competitividad para Norte de Santander está dada al 2021
  1. 1. La planeación
  2. 2. La información
  3. 3. La revisión, evaluación o verificación (auditoría interna)

Principios en relación con la función pública administrativa

 
  1. 1. Principio de legalidad: Garantizar que la función administrativa se desarrolle en un marco legal, acatando normas, disciplinas, órdenes y directrices del estado.
  2. 2. Principio de igualdad: Ejercer una administración pública en igualdad de condiciones de acuerdo a la norma y a la Ley.
  3. 3. Principio de moralidad: Se dirige a ejercer una administración pulcra y transparante, combatiendo la corrupción, la deshonestidad y el despilfarro.
  4. 4. Principio de eficacia: Velar porque todas las actividades estén dirigidas a los logros de los objetivos y el cabal cumplimiento de la misión.
  5. 5. Principio de eficiencia: Garantizar que todas las actividades de la entidad, produzcan los mayores logros y que sus recursos den el máximo rendimiento y aprovechamiento.
  6. 6. Principio de economía: Está orientado a la austeridad y mesura del gasto, garantizando unos resultados lucrativos desde el punto de vista costo-beneficio en lo económico social.
  7. 7. Principio de celeridad: El control interno debe ser dinámico y ágil con el propósitod de obtener resultados óptimos y oportunos.
  8. 8. Principio de imparcialidad: El sistema de control interno debe garantizar mecanismos de comportamientos justos e imparciales, y evitar las discriminaciones que generen desigualdad.
  9. 9. Principio de publicidad: Todas las actuaciones de la Administración, así como sus resultados deben ser de conocimiento público. Este principio deberá garantizar el conocimiento pleno, oportuno, preciso y veráz de todos los actos administrativos.
  10. 10. Principio de responsabilidad: Los administradores públicos deben responder con diligencia y cuidado por el desarrollo de sus funciones y también por sus omisiones y actuaciones irresponsables que comprometan los bienes públicos.
  11. 11. Principio de valoración de costos ambientales: Mantener y preservar prioritaria y fundamentalmente la integridad del ecosistema y la conservación del ambiente sano.
Principios en relación con el ejercicio de competencias. 1. Principio de concurrencia: El control interno velará por las funciones y competencias que deban desarrollarse en unión o en relación con otras autoridades o entidades, que se ejerzan con responsabilidad y limitación, respetando la atribución de las demás autoridades o entidades. 2. Principio de complementariedad: Se observará por la entidad pública las facultades y atribucionees establecidas por la ley para complementar las tareas y responsabilidades asignadas a otras entidades o autoridades.
En la Asamblea Nacional Constituyente convocada para introducir reformas sustanciales en el Estado Colombiano, las cuales quedaron cosignadas en la Constitución de 1991, la necesidad de estableceer el control interno en las entidades del sector público fue un tema sobre el cual existió consenso. Como parte de la modernización del Estado, el artículo 209 de la Constitución Política incorporó el Control Interno como herramientoa gerencial oriendada a garantizar el logro de los objetivos de cada entidad pública y del Estado en su conjunto, con base en los principios que rigen la función pública, en especial los de eficiencia y transparencia en la administración de los recursos públicos. El citado artículo fue desarrollado por la Ley 87 de 1993, mediante la cual se establecieron los conceptos y fundamentos básicos del Control Interno.
Dentro de las funciones del Jefe de la Oficina de Control Interno, contempladas en el artículo 12 de la Ley 87 de 1993, se encuentra la de verificar que los controles definidos para los procesos y actividades de la organización se cumplan por los responsables de su ejecución y, en especial, que las áreas o empleados encargados de la aplicación del régimen disciplinario ejerzan adecuadamente esta función.
Las Instituciones de educación básica y media de los departamentos son dependencias de la Gobernación - Secretaría de Educación, y no organismos ni entidades independientes de ésta y por lo tanto no están obligadas a implementar un Sistema de Control Interno ni a organizar una Oficina de Control Interno. Por consiguiente, corresponde al Gobernador implementar el control interno en toda la Gobernación de manera integral, incluidas las secretarías y dependencias como son los establecimientos educativos.
Si. Conforme al artículo 1º de la Ley 87 de noviembre 29 de 1993, se entiende por control interno el sistema integrado por el esquema de organización y el conjutno de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una entidad, con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas u objetivos previstos.
Conforme al artículo 4º de la Ley 42 de 1993, sobre la organización del sistema de control fiscal financiero y los organismos que lo ejercen, el control fiscal es una función pública, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes del Estado en todos sus órdenes y niveles. Este control fiscal será ejercido en forma posterior y selectiva por la Contraloría General de la República, las contralorías departamentales y municipales, conforme a los procedimietnos, sistemas y principios que se establecen en la presente Ley.
Teniendo en cuenta las funciones generales y espécificas señaladas al jefe de la oficina de control interno en la Ley 87 de 1993 y el concepto número 904 de marzo 31 de 1995, de la Contraloría General de la República, en cuanto expresa que el alcalce del artículo 65 de la Ley 80 de 1993, al asignar a las Oficinas de Control Interno el control previo administrativo al proceso contractual, es que dicha oficina debe cumplir su función de diseñar y desarrollar adecuados sistemas de verificación y evaluación al proceso contractual y utilizar métodos que le permitan conocer las instancias que se surten en las etapas precontractual, contractual, de ejecución y liquidación, sin que tal labor signifique crear trámites aprobatorios a la gestión administrativa, se puede deducir que la Oficina de Control Interno sí es competente para evaluar y efectuar el seguimiento a los convenios que celebre la entidad con otros organismos públicos y con organismos internacionales.
Conforme al artículo 33 de la Ley 190 de 1995, sin perjuicio de que el investigado tenga acceso a la investigación desde las diligencias preliminares, éstas harán parte de la reserva, así como los pliegos de cargos y los respectivos descargos. El parágrafo 1º del mismo artículo establece que la violación de la reserva será causal de mala conducta. El parágrafo 2º, donde se prohibía publicar extractos o resúmenes del contenido de la investigación sometida a reserva, hasta que se produjera el fallo, fue declarado inexequible por la Corte Constitucional en sentencia C-038 de 1996, lo que quiere decir que ya no son reservados los extractos o resúmenes de las investigaciones disciplinarias.
Conforme a la norma técnica del ICONTEC NTC-ISO 10011-1 sobre directrices para Auditoria de Sistemas de Calidad. Parte 1. Auditoria, Sistemas de Calidad es la estructura organizacional, los procedimientos, losproceso y los recursos necesarios para implementar la administación de la calidad. Igualmente, según esta norma técnica, auditoria de calidad es un examen sistemático e independiente para determinas si las actividades y los resultados relacionados con la calidad cumplen las disposiciones preestablecidas y si estas disposiciones se aplican en forma efectiva y son aptas para alcanzar los objetivos.
Sirve para garantizar que cada uno de los procesos, políticas, metas y actividades se cumplan de acuerdo a lo preestablecido, dando el máximo de rendimiento en cumplimiento de su misión.
Nos sirve para evaluar cada proceso de la Administración y medir el grado de cumplimiento a través de indicadores de gestión que nos permita avanzar en el logro del objetivo o rediseñar estrategias para corregir el rumbo.
Dada la diversidad de instituciones educativas, las que éstan están geográficamente dispersas, y con el fin de canalizar y desconcentrar las funciones de la Oficina de Control Interno, la Gobernación, a través de la Secretaría de Educación, puede ordenar que tales funciones se realicen por un grupo de trabajo ubicado en cada establecimiento educativo ó por el Núcleo de Desarrollo Educativo. Los cuales asumirían las macrotareas propias de dicha oficina, no de manera independiente sino coordinadas por la Oficina de Control Interno central.
Establecer los métodos y mecanismos de prevención (administración de riesgos), de ejecución, de evaluación y de mejoramiento continio inherenes a la misión asignada al Ministerio de Cultura, en favor del cumplimiento de sus objetivos institucionales, así como de la capacidad para responder públicamente por sus actuaciones.
Es un órgano de coordinación y asesoría integrado por el Ministro, o su delegado, quién lo presidirá, el Secretario General, los directores de Unidad Administrativa Especial, los Directores Técnicos, el Jefe de la Oficina de Planeación, el Jefe de la Oficina de Control Interno, quien no tendrá derecho a voto y actuará como Secretario Técnico del Comité. El Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno es responsable de la expedición de políticas, métodos y procedimientos, de carácter específico necesarios para el desarrollo y la implementación del Sistema de Control Interno, vela por su evaluación y efectividad, así como por su capacidad para apoyar el cumplimiento de los objetivos institucionales, verifica que se atiendadn las recomendaciones generadas por la Oficina de Control Interno y por la Contraloría General de la Républica. Verifica la formulación de planes de mejoramiento y realiza seguimiento al cumplimiento de los mismos.
Concepto técnico: Se entiende como el sistema integrado por el esquema de organización y el conjunto de planos, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptado por una entidad. Con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales dentro de las políticas trazadas por al dirección y en atención a las metas u objetivos previstos. Concepto popular: Es el autocontrol ejercido por una entidad para hacer cumplir sus metas y objetivos, con principios de eficiencia, eficacia y en pro de buscar la excelencia.
Es el Modelo Estándar de Control Interno MECI es un modelo de Control Interno que se establece para las entidades del Estado, proporcional una estructura para el control a la estrategia, la gestión y la evaluación en las entidades, cuyo propósito es orientarlas hacia el cumplimiento de sus objetivos institucionales y la contribución de estos a los fines esenciales del Estado. Este Modelo se ha formulado con el propósito de que las entidades del Estado puedan mejorar su desempeño institucional mediante el fortalecimiento del control y de los proceso de evaluación que deben llevar a cabo las Oficinas de Control Interno, Unidades de Auditoría Interna o quien haga sus veces.
Se entiende por Plan de Mejoramiento, el conjunto de acciones correctivas o preventivas que debe adelantar un sujeto controlado o auditado en un período determinado, para dar cumplimiento a la obligación de subsanar y corregir las causas que dieron origen a los hallazgos administrativos identificados por la Oficina Asesora de Control Interno de Gestión, como resultado del ejercicio del proceso auditor, con el fin de adecuar la gestión a los principios de economía, eficiencia, eficacia, equidad o mitigar el impacto ambiental.
Es un elemento fundamental del sistema de control interno que se traduce en una función preventiva de asistencia y asesoramiento, cuya actividad esencial es una permanente verificación, revisión, evaluación, comprobación y análisis crítico de todas las operaciones y procedimientos contables, financieros y administrativos, con el objeto de formular las recomendaciones y ajustes o correctivos permanentes, al nivel directivo o gerencial y en procura de los objetivos y metas preestablecidas.
Es uno de los elementos del sistema de control interno, responsable de su evaluación independiente y del desarollo de la funció n de auditoría interna de la entidad, de cuyos resultados presenta informes y genera recomendaciones para el mejoramientos de la gestión institucional.
Garantiza que todos los funcionarios cumplan con eficiencia y eficacia el logro de los objetivos estatales cuidando y haciendo rendir los recursos con un beneficio socio económico.
En cumplimiento de los Decretos 2145 de 1999 y 1537 de 2001, le corresponde las siguientes funciones: 1. Asesorar y apoyar el desarrollo y mejoramiento del Sistema de Control Interno en la entidad. 2. Evaluar el Sistema de Control Interno. 3. Liderar la administración del riesgo 4. Fomentar la cultura de control 5. Manear la relación con los organismos externos.
No es una oficina o persona, es un sistema integral que debe aplicarse por cada uno de los integrantes de una entidad basados en principios preestablecidos o diseñados para hacer las cosas cada vez mejor.
A la oficina de Control Interno no el corresponde: 1. Control policivo ni perseguidor 2. Obstaculizar la gestión 3. Control Interno Disciplinario 4. Control Fiscal 5. Buscar errores para acusar 6. Refrendar actos administrativos
Los Rectores de cada establecimiento educativo, como Jefes de tales dependencias, son responsables ante su superior inmediato de implementar y aplicar métodos y procedimientos adecuados de control y velar por la calidad, eficiencia y eficacia de estos, en la dependencia a su cargo.
El Control Interno lo ejerce cada uno de los componentes de un ente o entidad
El representante legal. Corresponde a la máxima autoridad del organismo o entidad, la responsabilidad de establecer, mantener y perfeccionar el sistema de control interno, el cual debe ser adecaudo a la naturaleza, estructura y misión de la entidad.
Funcionarios de la organización. La responsabilidad de cada uno de los jefes es innegable, pero también cada uno de los empleados desde el gerente hasta el más elemental integrante de la entidad, debe ejercer un control en cada una de sus funciones y actuaciones.
La oficina de control interno o auditoría interna. Recae sobre esta unidad la verificación, evaluación, examen y análisis crítico de todo el sistema integral de control interno: así mismo tiene la responsabilidad de proponer el representante legal las recomendaciones, correctivos, ajustes y mejoramientos pertinentes.
Este Comité debe ser organizado mediante acto administrativo interno y debe estar integrado por: * El Gobernador del Departamento o su Delegado, quien lo presidirá * Los Secretarios de Despacho * Los Jefes de Unidad o de Área * El Jefe de Oficina de Coordinación de Control Interno de la Gobernación, quíen no tendrá derecho a voto y quien actuará como Secretario Técnico de Comité. Cualquier otra persona que en concepto del presidente del Comité deba formar parte del mismo, teniendo en cuenta la estructura del organismo o entidad y las funciones del Comité. El Comité de Coordinación del Control Interno operaría de conformidad con las funciones indicadas en el acto administrativo que lo organice, las cuales deben ser como mínimo las señaladas en el decreto 1826 de 1994 que reglamenta el artículo 13 de la Ley 87 de 1993; sesionará con el Quórum establecido, deberá reunirse ordinariamente como mínimo dos (2) veces al año. Y de acuerdo con las necesidades particulares de los asuntos de la Gobernación, pueden conformarse subcomités, los cuales tendrán su propio reglamento, funciones y objetivos similares a los señalados para el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno.
En este caso particular, debe comunicarse a cada uno de los despachos de los Alcaldes /o Alcaldesas Municipales, donde con gusto le atenderán su solicitud y le responderán todas sus dudas e inquietudes. La Oficina Departamental de Alcaldes les facilita los números de teléfono y Fax de las Alcaldías Municipales.
Los Alcaldes y Alcaldesas de Norte de Santander no tienen un día fijo en el cual se reúnan. Ellos, por lo general, frecuentan la Gobernación para asistir a diferentes eventos programados por las diferentes dependencias de la entidad canalizados a través de nosotros y/o para realizar gestiones propias de su administración municipal
Es un documento dinámico y concertado entre el sector público, el sector privado y la sociedad civil, en donde se contemplan las necesidades del Departamento, en materia de competitividad con el fin de identificar las iniciativas y gestionarlas con el objetivo de generarlas con el objetivo de generar un impacto positivo en el nivel de competitividad de Norte de Santander.
La Oficina Departamental de Alcaldes, cuadra y organiza la agenda y eventos de los mandatarios municipales cuando son convocados por las dependencias del Gobierno Nacional y/o Departamental. En algunos casos, también se organizan eventos con otro tipo de entidades, pero atendiendo órdenes específicas por el Señor Gobernador.
La Oficina de Prensa y Protocolo cumple con la función diaria de proporcionar información tanto escrita como audiovisual a los periodistas y medios que lo soliciten, para ello hay unos funcionarios encargados de los archivos y boletines de prensa de audio de fotografía y de video, quienes brindan los datos requeridos diariamente.
Las dependencias de la Gobernación que requieran de apoyo periodistico y de protocolo deben informar anticipadamente al personal de la oficina, con el fin de que se agende la actividad y se coordine la designación de los equipos, periodistas y camarógrafos que cubrirán el evento; y así evitar que se crucen actividades al mismo tiempo. La solicitud debe hacerse por medio de un oficio dirigido al Jefe de Prensa y al Jefe de Protocolo.
Diariamente el personal de la Oficina de Prensa y Protocolo recurre a sus fuentes de la Administración Departamental, quienes proporcionan la información acerca de las actividades, eventos y proyectos que se realizan diariamente desde cada dependencia y oficina, con el fin de difundir a través de los diferentes medios y periodistas el accionar diario de la Gobernación.
No, la Oficina de Prensa es de labor institucional y por ende sólo cubre eventos de la entidad y sus institutos descentralizados
Entidad nacional encargada del control y vigilancia de las entidades prestadoras de servicios públicos domiciliarios; entre otros aspectos, debe vigilar la adecuada aplicación de las regulaciones expedidas por la CRA. Administra el Sistema Único de Información de los servicios y debe tomar posesión de los prestadores con fines administrativos o de liquidación por causales establecidas en la Ley. Así mismo; está encargada de vigilar el manejo de los subsidios de la nación, los departamentos y los municipios.
Se debe presentar el proyecto, el cual debe ser viabilizado a través del ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o al Fondo Nacional de Regalías, de acuerdo con los requerimientos exigidos por el Programa de Ventanilla Única del MAVDT, de esta manera accede a los recursos del Plan departamental de agua potable y saneamiento básico, previa la pignoración por parte del ente territorial de los recursos de SGP.
Creada para apoyar las acciones de los entes territoriales dirigidas a dar cumplimiento a las disposiciones legales en materia de servicios públicos domiciliarios y la directiva 0015 del 22 de diciembre de 2005.
Los Planes Departamentales de Agua Potable y Saneamiento Básico están enmarcados bajo los principios de descentralización, transparencia y eficiencia en el manejo de los recursos, voluntad política y unificación de esfuerzos entre los diferentes actores, principios que permitirán el cumplimiento de los objetivos que se pretenden alcanzar con los Planes Departamentales que son: Fomentar el liderazgo de los departamentos a través de la coordinación de los Planes. Fortalecer las empresas de servicios públicos como prestadoras del servicio, para lo cual se considerarán esquemas de capitalización por parte de las entidades territoriales con los recursos aportados por la Nación. Esta alternativa se dará siempre y cuando esté asegurada la viabilidad empresarial, financiera y legal de las E.S.P. Establecer los planes de inversión integrales, con perspectiva regional, a partir de un componente de preinversión que podrá ser cofinanciado por la Nación. Articular las diferentes fuentes de recursos financieros: SGP, tarifas ajustadas al marco tarifario vigente, regalías, recursos propios de las empresas, los presupuestos territoriales y los recursos que el Gobierno Nacional asigne para el sector. Conformar de esquemas regionales y aprovechamiento de economías de escala Preinversión y planeación regional e integral. Articular fuentes de recursos. Acceso eficiente a crédito Articulación con instrumentos de desarrollo Urbano. Acción interinstitucional coordinada y control más efectivo. Mayor celeridad y cobertura geográfica de la modernización empresarial Articulación de Areas rurales nucleadas. Contar con el apoyo de la Nación, en los casos en que sea necesario, para la gestión de operaciones de crédito con la banca nacional y/o multilateral y avalar cuando se requiera, para optimizar el financiamiento de las inversiones. Articular el crédito interno subsidiado a través de Findeter, ampliando los montos disponibles de compensación de tasa por parte de la Nación a través del Programa de Tasa Compensada, así como los límites máximos para financiar proyectos con cargo a este mecanismo, y de esta forma hacer uso de esta alternativa para el financiamiento de las inversiones en el marco de los Planes Departamentales de Agua Potable y Saneamiento Básico. Fomentar la vinculación de operadores especializados para la prestación de los servicios, o la consolidación de los existentes, desde la instancia departamental creada para tal fin con el apoyo técnico de la Nación. Definir mercados regionales que permitan aprovechar al máximo las economías de escala, que en lo posible abarquen zonas rurales nucleadas10, por lo menos con un componente de asistencia técnica de los operadores bajo un plan padrino. Fomentar el apoyo de la Nación a los departamentos, de acuerdo con el avance de los compromisos locales para la asignación de recursos y con el avance de los esquemas de desarrollo institucional y empresarial propuestos para cada departamento. Articular las acciones de las diferentes instituciones con incidencia en el sector a nivel nacional (MAVDT, el DNP, la SSPD, la CRA, la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República); y a nivel local y regional (los Departamentos, los Municipios y las Corporaciones Autónomas Regionales). Fortalecer la gestión del sector rural mediante la transferencia de capacidad y conocimiento por parte del MAVDT a través de programas de asistencia técnica y capacitación, y la implementación de proyectos que involucren tecnologías de costo efectivas y sostenibles. Articular las políticas y acciones de desarrollo urbano con las de agua potable y saneamiento. El éxito de los Planes Departamentales de Agua Potable y Saneamiento Básico dependerá de la eficiente y coordinada interacción entre los actores involucrados, donde los Departamentos serán los líderes del proceso, y servirán de articuladores entre el Gobierno Nacional y los actores departamentales y municipales.
Esta unidad administrativa, con autonomía técnica, administrativa y patrimonial y sin personería jurídica, fue creada por medio del artículo 69.1 de la Ley 142 de 1994. La Comisión es una unidad administrativa especial adscrita al Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial. La CRA es la entidad nacional encargada de la regulación económica de los servicios de agua potable y saneamiento básico, en temas como el diseño de las metodologías tarifarias, determinación de parámetros de calidad en la prestación de los servicios, desarrollo de metodologías para evaluar la gestión y eficiencia de los prestadores, la regulación de los monopolios y de los mercados. La Comisión como instancia de toma de decisiones regulatorias está conformada por cuatro Expertos Comisionados nombrados por el Presidente de la República por periodos fijos, el Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, quien la preside, el Ministro de Protección Social y el Director del Departamento Nacional de Planeación. El Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios tiene voz pero no voto en la Comisión y las decisiones se toman por mayoría.
Las elecciones para Dignatarios y demás que conforman las Juntas de Acción Comunal se celebran cada 4 años, y las parciales cada vez que se elija un dignatario por motivos diferentes (desplazamiento forzado a otras ciudades o regiones, muerte, renuncia). El Departamento cuenta con dos mil trescientas cincuenta (2.350) Juntas de Acción Comunal, Setenta y siete (77) Asociaciones de Acción Comunal , una (1) Federación y nueve (9) Juntas de Vivienda Comunitaria.
Se debe enviar una carta de petición dirigida al Señor Gobernador con los siguientes documentos: Foto del beneficiario, sisben de estrato uno o dos; fórmula médica donde se indique el problema de salud, dirección y teléfono del mismo. Esta petición será analizada por el Señor Gobernador y su respuesta será enviada a la instancia que él estime conveniente para darle pronta solución.
Mediante acuerdo municipal por no estar previstos en la ley y mediante decreto del ejecutivo local.
Se da cumplimiento al acuerdo 23 y decreto 2357 de 1995 respecto a la gratitud del servicio de salud y no copagos a los miembros de comunidades indígenas.
Acta de elección y constitución de Dignatarios. Listado de Afiliados de Fundadores JAC. Estatutos Juntas de Acción Comunal. Constancia de Planeación Municipal sobre la viabilidad en la constitución de dichas JAC. Solicitud del representante legal de la JAC. Se hace revisión y reconocimiento Jurídico por medio de resolución firmada por el Secretario de Desarrollo Social del Departamento. Todo esto en original y dos copias.
En la Secretaría de Desarrollo Social se maneja un rubro presupuestal asignado a las etnias y comunidades raizales del departamento, por medio del cual se contrata el alquiler de una casa de paso donde todos los indígenas que necesiten hacer una diligencia en la ciudad de Cúcuta, podrán pernoctar durante los días que sean necesarios, allí tendrán derecho a una posada con alimentación.
Los Consejos de Juventud son organismos colegiados de carácter social, autónomos en el ejercicio de sus competencias y funciones e integrantes del sistema nacional de juventud. Operan en los Departamentos, Distritos y Municipios y en el nivel Nacional, conforme a lo dispuesto en la ley 375 de 1997 y de acuerdo con los criterios, reglas y orientaciones del decreto 089 de febrero 2 de 2000.
Es un compromiso de los jóvenes en todo tipo de recreación, con música, sin bebidas alcohólicas ni cigarrillos.
Se expiden constancias de representación legal de Dignatarios para las diferentes Entidades del orden Nacional, Departamental Municipal y privado que soliciten dicho requisito para los respectivos trámites. (Cuentas en los bancos, registros en la cámara de comercio). Se revisan las actas de elección general y parcial de Dignatarios de distintas Juntas de Acción comunal y Asociaciones.
Todas las personas que voluntariamente se afilien a la organización siempre y cuando sean mayores de catorce (14) años y residan en el territorio de la misma.
En la actualidad se están desarrollando diversas iniciativas tendientes a fortalecer a los Departamentos y a los Municipios con el apoyo de la República Federal de Alemania y la Unión Europea. Las actividades que se están realizando incluyen la gestión y las finanzas, sin embargo la Cooperación Internacional se ubica más en proveer herramientas para mejorar el quehacer de las administraciones en lugar de la asignación de recursos.
Ante las diferentes fuentes de financiamiento nacionales, como: Fondo de Regalías, Empresa Colombia, Fondo de Inversión para la Paz, Red de Solidaridad Social. Findeter, Presidencia de la República y Ministerios y a nivel internacional en el Fondo de Cooperación y Asistencia Internacional FOCAI y Gobiernos extranjeros.
La cooperación internacional, se realiza a través de proyectos de desarrollo y como tales, se orientan a contribuir en las soluciones a los problemas identificados por los municipios en el contexto de la planificación local. En este contexto es difícil que estas solicitudes de equipos, máquinas y herramientas sean atendidas por la comunidad internacional porque los cooperantes no consideran que tengan un valor agregado importante para el desarrollo.
La cooperación internacional en su evolución ha considerado orientar sus actividades hacia la concepción de programa, sea este definido por variables temáticas o regionales, buscando, atender el problema particular desde los diversos factores que le afectan. En este sentido, el carácter interinstitucional, inclusive la participación del sector privado, se considera un requisito previo a la ejecución y la cual debe estar contemplada en la formulación misma del programa o proyecto. Es decir, un Municipio puede asumir el papel de coordinador o ejecutor del programa o proyecto en el cual participan diversas entidades o municipios.
Consiste en la ayuda que se entrega para apoyar el desarrollo económico y social de países en desarrollo, mediante la transferencia de técnicas, tecnologías, conocimientos, habilidades o experiencias por parte de un país o una fuente con mayor grado de desarrollo.
Algunos de ellos son: artículo 289 y 337 de la Constitución Nacional; Decreto 1182 de 1999; Decreto 1227 de 2002; Decreto 1679 de 1999; decreto 2487 de 2003; Decreto 3448 de 1987; Ley 10 de 1983; Ley 191 de 1995; Ley 677 de 2001; ley 843 de 2003, entre otros.
Alemania, Canadá, España, estados Unidos, Francia, Japón, Países Bajos, Reino Unido.
La Secretaría de Fronteras promueve la Cooperación Internacional y fortalece la integración fronteriza a través de la preparación, coordinación, ejecución y seguimiento de planes, programas y proyectos tendientes al fortalecimiento y articulación de procedimientos institucionales de acceso a la cooperación internacional, gestionando así recursos con fuentes bilaterales o multilaterales de cooperación internacional que permitan mejorar el nivel de vida de los habitantes de fronteras.
En la actualidad se están desarrollando diversas iniciativas tendientes a fortalecer a los Departamentos y a los Municipios con el apoyo de la República Federal de Alemania y la Unión Europea. Las actividades que se están realizando incluyen la gestión y las finanzas, sin embargo la Cooperación Internacional se ubica más en proveer herramientas para mejorar el quehacer de las administraciones en lugar de la asignación de recursos.
Ante las diferentes fuentes de financiamiento nacionales, como: Fondo de Regalías, Empresa Colombia, Fondo de Inversión para la Paz, Red de Solidaridad Social. Findeter, Presidencia de la República y Ministerios y a nivel internacional en el Fondo de Cooperación y Asistencia Internacional FOCAI y Gobiernos extranjeros.
La cooperación internacional, se realiza a través de proyectos de desarrollo y como tales, se orientan a contribuir en las soluciones a los problemas identificados por los municipios en el contexto de la planificación local. En este contexto es difícil que estas solicitudes de equipos, máquinas y herramientas sean atendidas por la comunidad internacional porque los cooperantes no consideran que tengan un valor agregado importante para el desarrollo.
La cooperación internacional en su evolución ha considerado orientar sus actividades hacia la concepción de programa, sea este definido por variables temáticas o regionales, buscando, atender el problema particular desde los diversos factores que le afectan. En este sentido, el carácter interinstitucional, inclusive la participación del sector privado, se considera un requisito previo a la ejecución y la cual debe estar contemplada en la formulación misma del programa o proyecto. Es decir, un Municipio puede asumir el papel de coordinador o ejecutor del programa o proyecto en el cual participan diversas entidades o municipios.
Consiste en la ayuda que se entrega para apoyar el desarrollo económico y social de países en desarrollo, mediante la transferencia de técnicas, tecnologías, conocimientos, habilidades o experiencias por parte de un país o una fuente con mayor grado de desarrollo.
Algunos de ellos son: artículo 289 y 337 de la Constitución Nacional; Decreto 1182 de 1999; Decreto 1227 de 2002; Decreto 1679 de 1999; decreto 2487 de 2003; Decreto 3448 de 1987; Ley 10 de 1983; Ley 191 de 1995; Ley 677 de 2001; ley 843 de 2003, entre otros.
Alemania, Canadá, España, estados Unidos, Francia, Japón, Países Bajos, Reino Unido.
La Secretaría de Fronteras promueve la Cooperación Internacional y fortalece la integración fronteriza a través de la preparación, coordinación, ejecución y seguimiento de planes, programas y proyectos tendientes al fortalecimiento y articulación de procedimientos institucionales de acceso a la cooperación internacional, gestionando así recursos con fuentes bilaterales o multilaterales de cooperación internacional que permitan mejorar el nivel de vida de los habitantes de fronteras.
En la actualidad se están desarrollando diversas iniciativas tendientes a fortalecer a los Departamentos y a los Municipios con el apoyo de la República Federal de Alemania y la Unión Europea. Las actividades que se están realizando incluyen la gestión y las finanzas, sin embargo la Cooperación Internacional se ubica más en proveer herramientas para mejorar el quehacer de las administraciones en lugar de la asignación de recursos.
Ante las diferentes fuentes de financiamiento nacionales, como: Fondo de Regalías, Empresa Colombia, Fondo de Inversión para la Paz, Red de Solidaridad Social. Findeter, Presidencia de la República y Ministerios y a nivel internacional en el Fondo de Cooperación y Asistencia Internacional FOCAI y Gobiernos extranjeros.
La cooperación internacional, se realiza a través de proyectos de desarrollo y como tales, se orientan a contribuir en las soluciones a los problemas identificados por los municipios en el contexto de la planificación local. En este contexto es difícil que estas solicitudes de equipos, máquinas y herramientas sean atendidas por la comunidad internacional porque los cooperantes no consideran que tengan un valor agregado importante para el desarrollo.
La cooperación internacional en su evolución ha considerado orientar sus actividades hacia la concepción de programa, sea este definido por variables temáticas o regionales, buscando, atender el problema particular desde los diversos factores que le afectan. En este sentido, el carácter interinstitucional, inclusive la participación del sector privado, se considera un requisito previo a la ejecución y la cual debe estar contemplada en la formulación misma del programa o proyecto. Es decir, un Municipio puede asumir el papel de coordinador o ejecutor del programa o proyecto en el cual participan diversas entidades o municipios.
1. Conformar un grupo de mujeres dispuestas a capacitarse y sacar adelante sus proyectos, estableciendo un nombre para dicha Asociación y eligiendo una Presidenta que la represente. 2. Relacionarlas en un listado adjuntado los siguientes datos: Nombres completos, Cedula, Dirección, teléfono, afiliación a seguridad social, nivel de escolaridad, Condición de desplazamiento y etnia 3. Enviarlo la relación a la Secretaria de la Mujer, mediante un oficio, para su estudio y aprobación.
Las Asociaciones de mujeres que se encuentran desarrollando una actividad productiva, se les fortalece mediante capacitaciones empresariales y mejoramiento de las técnicas de producción, se les brinda asistencia técnica y seguimiento.
1. Identificación de las mujeres lideres a participar en las capacitaciones 2. Contactar los entes de formación autorizados para formar en conciliación en equidad 3. Gestionar recursos.
1. El servicio se prestará Conforme a las indicaciones de la Secretaria del Despacho de la Secretaría de la mujer y la Equidad. 2. En el Municipio de Cúcuta, se trabajará en cada una de sus comunas, en coordinación con las Presidentas de las asociaciones de mujer legalmente conformadas. 3. El servicio solo se prestará a las mujeres que estén afiliadas a una asociación, para lo cual deberá presentar su respectivo carnet. 4. La Asesoría se harán de manera personalizada a la usuaria, para lo cual se dejará constancia en formato diseñado para el respectivo control.
Mediante Oficio enviado a la Secretaria de la Mujer, especificar el arte en el que desean ser capacitadas y el número de socias interesadas en recibir la capacitación para su estudio y aprobación.
1. Se Identifica las Asociaciones de mujeres con propuestas para proyectos productivos. 2. Se realiza convenio con una entidad que desarrollara las capacitaciones. 3. Se realiza el seguimiento a las capacitaciones para proyectos productivos. 4. Se entrega la Certificación correspondiente
Mejorar la calidad de vida de las mujeres Norte Santandereanas promoviendo su incorporación y desarrollo en igualdad de oportunidades en el ámbito político, social, educativo, cultural y económico
Las funciones de la casa de la Mujer son:  Capacitación y acompañamiento para el empleo  Desarrollo empresarial  Educación  Recreación y cultura  Prevención de la violencia intrafamiliar  Promoción de la salud,  Centro de Conciliación en Equidad  Entre otras
Fomentar el empoderamiento de las comunidades, en el manejo de los procesos de resolución de conflictos, facilitando las acciones hacia la promoción, gestión y sostenibilidad de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, especialmente la conciliación en equidad como una herramienta cercana y efectiva para la comunidad. Formar mujeres ciudadanas del Departamento Norte de Santander, seleccionados entre las Juntas de Acción Comunal que manifiesten un interés claro por dicha figura y hayan demostrado un compromiso definido con su comunidad, en conocimientos, habilidades y destrezas para la Conciliación en Equidad
1. Promoción de sus productos a través de guías empresariales. 2. Muestras empresariales locales y regionales. 3. Realización del mercado campesino
1. Acompañamiento y Asesoría a las Mujeres que buscan atención profesional cuando están expuestas a cualquier manifestación de violencia 2. Ayuda y Orientación a las Mujeres en situaciones como auto motivación, depresión, Ansiedad, violencia Intrafamiliar, violencia social, alcoholismo y farmacodependencia 3. Orientación y Asesoría a las Mujeres para crear en el hogar un ambiente propicio para la comunicación y el desarrollo de cada integrante de la familia. 4. Acompañamiento y Asesoría a las Mujeres para permitir y estimular la expresión de sentimientos en la familia. 5. Acompañamiento y Asesoría a las Mujeres para evitar conductas agresivas. 6. Apoyo a la realización de intervenciones colectivas con los demás equipos técnicos.
Se brindan capacitaciones para formar a la mujer en la política pública, prevención y divulgación de los derechos fundamentales de la mujer, prevención y promoción de los derechos sexuales y reproductivos, servicio de planificación familiar, y capacitación en diferentes artes u oficios
1. Asesoría en la presentación de las demandas por alimentos a que tengan derechos sus hijos y en las solicitudes de incremento de las mismas en casos que ya tenga un fallo. 2. Asesoría en la presentación de las solicitudes de pensiones, u otros derechos a que le correspondan por convivencia. 3. Asesoría en el proceso de levantamiento de sucesiones. 4. Asesoría en la presentación de quejas, ó demandas por violencia intrafamiliar. 5. Demás casos que requieran de la presentación de solicitudes, quejas ó demandas para hacer valer sus derechos.
La Red de Bibliotecas en Norte de Santander está distribuida en 7 nodos: 1. Un nodo central integrado por la Secretaría de Cultura del Departamento, El área Cultural del Banco de la República y la Biblioteca Pública Julio Pérez Ferrero, que es la Biblioteca Coordinadora de la Red 2. 5 nodos subregionales 3. Un nodo de bibliotecas escolares. Cada nodo cuenta con un representante que es seleccionado por las bibliotecas, entre las bibliotecas más desarrolladas de cada subregión. Cada nodo realiza reuniones periódicas y a su vez los representantes de cada nodo realizan una reunión bimensual.
1. Plan o programa de acciones de orden anual-quincenal-mensual. 2. Propuesta de acciones a corto plazo en cuanto; acompañar procesos (Pedagógicos-didácticos-comunitarios), formulación de políticas regionales, asesoria a sector educativo, percepción de la administración departamental regional acerca de la función de la función de la red. 3. Gestionar ante los entes gubernamentales y privados exposiciones itinerantes como apoyo a las actividades culturales de los museos 4. Diseño del plan de capacitación en el marco de museográfica y gestión cultural; creando espacios de interacción de experiencias. 5. Elaboración y presentación de proyectos que tenga como objetivo fortalecer los museos como instituciones pedagógicas culturales. 6. Unificar las programaciones y actos conmemorativos en las fechas representativas patrias y culturales. 7. Encontrar los medios de concertación con lasa autoridades educativas regionales con el fin de acercar a la comunidad estudiantil a los museos como parte de un proceso formativo. 8. Elaboración de material grafico para la promoción turística.
1. Hemos logrado que cada uno de los actores de la red se sienta parte de la misma: instituciones, bibliotecarios, alcaldes y se ha establecido un estrecho vínculo entre las comunidades y las bibliotecas. Para dar el siguiente paso, es decir vincular a la población de cada municipio a la Red departamental, se ha diseñado un programa de carnetización que en su fase inicial entregó 10.000 carnés a los escolares del Área metropolitana: Cúcuta, Los Patios, San Cayetano, Puerto Santander, Villa del Rosario y El Zulia. Durante el 2007 el proyecto es carnetizar a los usuarios de todas las bibliotecas de la Red a través de un carné único que le permita acceder a los servicios de cualquier biblioteca de la red Departamental, especialmente a préstamos domiciliarios. 2. Con el fin de fortalecer la comunicación esperamos para el 2007 dar a la luz una publicación periódica. 3. Continuaremos con el Programa departamental "La Lectura: Una aventura", que entre sus estrategias incluye: - Diseño y realización de Planes municipales de lectura que buscan incluir a todos los sectores de la población en el proceso. Ya 21 municipios cuentan con su propio programa - Capacitación a los bibliotecarios - Dotaciones de colecciones de literatura infantil y juvenil que incluye un morral viajero - Publicación de la colección "Colores para la Paz", que busca estimular la producción literaria regional. - La realización de la Feria del Libro "Ciudad de Cúcuta" 4. Esperamos llegar a la meta de tener el 100% de las bibliotecas con la dotación y la capacitación del Plan Nacional 5. Con el fin de vincular a los jóvenes a nuestra red y hacer de ellos líderes culturales se diseñó un proyecto que fue aprobado por el II Laboratorio de Paz, y cuenta con un presupuesto de $600.000.000 para su realización durante los próximos 3 años. 4. Qué actividades se realizan para fortalecer la Red Departamental de Bibliotecas y el Programa de Lectura? R: Realización de la feria del libro en la Biblioteca Pública Julio Pérez Ferrero. Capacitación a bibliotecarios. Taller permanente e itinerante de promoción de lectura a realizarse en cada municipio. Talleres de capacitación a bibliotecarios. Dotación de libros. Promoción y difusión del programa. Seguimiento y evaluación del proceso. Participación en encuentros de bibliotecas. Adecuación y diseño del salón de exposiciones para la muestra de las actividades de la red.
La Red de Bibliotecas en Norte de Santander está distribuida en 7 nodos: 1. Un nodo central integrado por la Secretaría de Cultura del Departamento, El área Cultural del Banco de la República y la Biblioteca Pública Julio Pérez Ferrero, que es la Biblioteca Coordinadora de la Red 2. 5 nodos subregionales 3. Un nodo de bibliotecas escolares. Cada nodo cuenta con un representante que es seleccionado por las bibliotecas, entre las bibliotecas más desarrolladas de cada subregión. Cada nodo realiza reuniones periódicas y a su vez los representantes de cada nodo realizan una reunión bimensual.
1. Plan o programa de acciones de orden anual-quincenal-mensual. 2. Propuesta de acciones a corto plazo en cuanto; acompañar procesos (Pedagógicos-didácticos-comunitarios), formulación de políticas regionales, asesoria a sector educativo, percepción de la administración departamental regional acerca de la función de la función de la red. 3. Gestionar ante los entes gubernamentales y privados exposiciones itinerantes como apoyo a las actividades culturales de los museos 4. Diseño del plan de capacitación en el marco de museográfica y gestión cultural; creando espacios de interacción de experiencias. 5. Elaboración y presentación de proyectos que tenga como objetivo fortalecer los museos como instituciones pedagógicas culturales. 6. Unificar las programaciones y actos conmemorativos en las fechas representativas patrias y culturales. 7. Encontrar los medios de concertación con lasa autoridades educativas regionales con el fin de acercar a la comunidad estudiantil a los museos como parte de un proceso formativo. 8. Elaboración de material grafico para la promoción turística.
1. Hemos logrado que cada uno de los actores de la red se sienta parte de la misma: instituciones, bibliotecarios, alcaldes y se ha establecido un estrecho vínculo entre las comunidades y las bibliotecas. Para dar el siguiente paso, es decir vincular a la población de cada municipio a la Red departamental, se ha diseñado un programa de carnetización que en su fase inicial entregó 10.000 carnés a los escolares del Área metropolitana: Cúcuta, Los Patios, San Cayetano, Puerto Santander, Villa del Rosario y El Zulia. Durante el 2007 el proyecto es carnetizar a los usuarios de todas las bibliotecas de la Red a través de un carné único que le permita acceder a los servicios de cualquier biblioteca de la red Departamental, especialmente a préstamos domiciliarios. 2. Con el fin de fortalecer la comunicación esperamos para el 2007 dar a la luz una publicación periódica. 3. Continuaremos con el Programa departamental "La Lectura: Una aventura", que entre sus estrategias incluye: - Diseño y realización de Planes municipales de lectura que buscan incluir a todos los sectores de la población en el proceso. Ya 21 municipios cuentan con su propio programa - Capacitación a los bibliotecarios - Dotaciones de colecciones de literatura infantil y juvenil que incluye un morral viajero - Publicación de la colección "Colores para la Paz", que busca estimular la producción literaria regional. - La realización de la Feria del Libro "Ciudad de Cúcuta" 4. Esperamos llegar a la meta de tener el 100% de las bibliotecas con la dotación y la capacitación del Plan Nacional 5. Con el fin de vincular a los jóvenes a nuestra red y hacer de ellos líderes culturales se diseñó un proyecto que fue aprobado por el II Laboratorio de Paz, y cuenta con un presupuesto de $600.000.000 para su realización durante los próximos 3 años. 4. Qué actividades se realizan para fortalecer la Red Departamental de Bibliotecas y el Programa de Lectura? R: Realización de la feria del libro en la Biblioteca Pública Julio Pérez Ferrero. Capacitación a bibliotecarios. Taller permanente e itinerante de promoción de lectura a realizarse en cada municipio. Talleres de capacitación a bibliotecarios. Dotación de libros. Promoción y difusión del programa. Seguimiento y evaluación del proceso. Participación en encuentros de bibliotecas. Adecuación y diseño del salón de exposiciones para la muestra de las actividades de la red.
La Red de Bibliotecas en Norte de Santander está distribuida en 7 nodos: 1. Un nodo central integrado por la Secretaría de Cultura del Departamento, El área Cultural del Banco de la República y la Biblioteca Pública Julio Pérez Ferrero, que es la Biblioteca Coordinadora de la Red 2. 5 nodos subregionales 3. Un nodo de bibliotecas escolares. Cada nodo cuenta con un representante que es seleccionado por las bibliotecas, entre las bibliotecas más desarrolladas de cada subregión. Cada nodo realiza reuniones periódicas y a su vez los representantes de cada nodo realizan una reunión bimensual.
1. Plan o programa de acciones de orden anual-quincenal-mensual. 2. Propuesta de acciones a corto plazo en cuanto; acompañar procesos (Pedagógicos-didácticos-comunitarios), formulación de políticas regionales, asesoria a sector educativo, percepción de la administración departamental regional acerca de la función de la función de la red. 3. Gestionar ante los entes gubernamentales y privados exposiciones itinerantes como apoyo a las actividades culturales de los museos 4. Diseño del plan de capacitación en el marco de museográfica y gestión cultural; creando espacios de interacción de experiencias. 5. Elaboración y presentación de proyectos que tenga como objetivo fortalecer los museos como instituciones pedagógicas culturales. 6. Unificar las programaciones y actos conmemorativos en las fechas representativas patrias y culturales. 7. Encontrar los medios de concertación con lasa autoridades educativas regionales con el fin de acercar a la comunidad estudiantil a los museos como parte de un proceso formativo. 8. Elaboración de material grafico para la promoción turística.
La Red de Bibliotecas en Norte de Santander está distribuida en 7 nodos: 1. Un nodo central integrado por la Secretaría de Cultura del Departamento, El área Cultural del Banco de la República y la Biblioteca Pública Julio Pérez Ferrero, que es la Biblioteca Coordinadora de la Red 2. 5 nodos subregionales 3. Un nodo de bibliotecas escolares. Cada nodo cuenta con un representante que es seleccionado por las bibliotecas, entre las bibliotecas más desarrolladas de cada subregión. Cada nodo realiza reuniones periódicas y a su vez los representantes de cada nodo realizan una reunión bimensual.
Museo Arquidiocesano de Arte Religioso, Museo Casa Anzoátegui, Museo de Arte Moderno Ramírez Villamizar, Museo Casa natal Francisco de Paula Santander, Museo Complejo histórico de la gran convención de Ocaña.
El artículo 12 del Decreto Ley 2277 de 1979, reglamentado por el artículo 12 del Decreto 259 de 1981, establece que el educador escalafonado que acredite un título docente distinto del que le sirvió para el ingreso al Escalafón, adquiere el derecho de ascenso al grado que le corresponda en virtud de dicho título. De acuerdo con esta disposición, un normalista egresado de las normales antes de la vigencia del Decreto 3012 de 1996, inscrito en un grado inferior del Escalafón Nacional Docente, cuando adquiere el título de Licenciado puede ascender al grado 7. Si ya se encuentra escalafonado en el grado 7, seguirá ascendiendo de acuerdo con su título y con base en la estructura del Escalafón establecida en el artículo 10 del Decreto Ley 2277 de 1979, cumpliendo los demás requisitos exigidos.
Oficina Banco de Proyectos, Cúpula Chata, Av 5 Calle 13 y 14 Esquina, Gobernación Norte de Santander
1. Hemos logrado que cada uno de los actores de la red se sienta parte de la misma: instituciones, bibliotecarios, alcaldes y se ha establecido un estrecho vínculo entre las comunidades y las bibliotecas. Para dar el siguiente paso, es decir vincular a la población de cada municipio a la Red departamental, se ha diseñado un programa de carnetización que en su fase inicial entregó 10.000 carnés a los escolares del Área metropolitana: Cúcuta, Los Patios, San Cayetano, Puerto Santander, Villa del Rosario y El Zulia. Durante el 2007 el proyecto es carnetizar a los usuarios de todas las bibliotecas de la Red a través de un carné único que le permita acceder a los servicios de cualquier biblioteca de la red Departamental, especialmente a préstamos domiciliarios. 2. Con el fin de fortalecer la comunicación esperamos para el 2007 dar a la luz una publicación periódica. 3. Continuaremos con el Programa departamental "La Lectura: Una aventura", que entre sus estrategias incluye: - Diseño y realización de Planes municipales de lectura que buscan incluir a todos los sectores de la población en el proceso. Ya 21 municipios cuentan con su propio programa - Capacitación a los bibliotecarios - Dotaciones de colecciones de literatura infantil y juvenil que incluye un morral viajero - Publicación de la colección "Colores para la Paz", que busca estimular la producción literaria regional. - La realización de la Feria del Libro "Ciudad de Cúcuta" 4. Esperamos llegar a la meta de tener el 100% de las bibliotecas con la dotación y la capacitación del Plan Nacional 5. Con el fin de vincular a los jóvenes a nuestra red y hacer de ellos líderes culturales se diseñó un proyecto que fue aprobado por el II Laboratorio de Paz, y cuenta con un presupuesto de $600.000.000 para su realización durante los próximos 3 años. 4. Qué actividades se realizan para fortalecer la Red Departamental de Bibliotecas y el Programa de Lectura? R: Realización de la feria del libro en la Biblioteca Pública Julio Pérez Ferrero. Capacitación a bibliotecarios. Taller permanente e itinerante de promoción de lectura a realizarse en cada municipio. Talleres de capacitación a bibliotecarios. Dotación de libros. Promoción y difusión del programa. Seguimiento y evaluación del proceso. Participación en encuentros de bibliotecas. Adecuación y diseño del salón de exposiciones para la muestra de las actividades de la red.
La Red de Bibliotecas en Norte de La información contable debe remitirse al Área de Contabilidad de la Secretaría de Educación mediante oficio remisorio mensualmente, a más tardar el día 15 del mes siguiente. Dicha información debe venir firmada por el Rector o Director del establecimiento educativo, y de acuerdo al Decreto 4791 de 2008 por el Contador Público. Se deben utilizar los códigos del Plan de Cuentas autorizados por la Secretaría de Educación para los Establecimientos Educativos; los cuales se encuentran en la Página WEB de la Secretaría de Educación Departamental. Las correcciones deben efectuarse en el siguiente informe a presentar, una vez se hayan solicitado mediante oficio por parte del funcionario del Área Contable.
1. 1. autorizacion notariada: datos de identificacion del autorizado y aclarando, si el tramite es solo para retirar el cheque o adicionalmente efectua el cobro del mismo. 2. la persona autorizada debe presentar la cedula de identidad original al momento de retirar el cheque 3. firma del comprobante de egresos por parte del autorizada
La Red de Bibliotecas en Norte de Santander está distribuida en 7 nodos: 1. Un nodo central integrado por la Secretaría de Cultura del Departamento, El área Cultural del Banco de la República y la Biblioteca Pública Julio Pérez Ferrero, que es la Biblioteca Coordinadora de la Red 2. 5 nodos subregionales 3. Un nodo de bibliotecas escolares. Cada nodo cuenta con un representante que es seleccionado por las bibliotecas, entre las bibliotecas más desarrolladas de cada subregión. Cada nodo realiza reuniones periódicas y a su vez los representantes de cada nodo realizan una reunión bimensual.
Una vez aportados los soportes de asistencia y desarrollo del diplomado y/o curso, se procede a producir el Acto Administrativo (Resolución), luego de legalizado el mismo, se remite para el trámite correspondiente a la Institución de Educación Superior.
Un alumno que haya terminado por ejemplo el ciclo tercero de la educación básica que correspondería a los grados sexto y séptimo, puede hacer su transferencia a grado octavo de un plantel regular, donde los grados se cursan de forma anual. Otro caso: Si un alumno cursó en un plantel de educación regular diurno, grado séptimo puede ingresar a un establecimiento de adultos al ciclo cuarto (octavo y noveno). Si cursó en un plantel diurno el grado sexto y desea transferirse a un plantel nocturno de adultos, tiene que cursar el ciclo completo durante un año, en este caso el ciclo tercero, es decir que tendría que repetir el sexto ya que no puede ser admitido a cursar séptimo solamente.
Los permisos que soliciten los señores docentes, directivos docentes y personal administrativo, deben presentarse en forma escrita con la debida anticipación. El hecho de presentar el permiso no debe entenderse como autorización.
Toda solicitud relacionada con Licencias No Remuneradas, Comisiones de Estudio y Renuncias, deben radicarse en la Oficina de Archivo de la Gobernación con un mes de anticipación; las cuales deben ir acompañadas de los soportes correspondientes.
Los profesionales con titulo diferente al de educador, se pueden vincular a la educación oficial en los términos establecidos en el Decreto 1278 de junio 12 de 2002 (nuevo estatuto docente) y previa presentación del concurso convocado por el Estado, señalado por el decreto 1278 de 2002. Además deben acreditar un postgrado en educación o que han realizado un programa de pedagogía para profesionales (Cfr. Decreto 2035 de 2005)
A la educación formal de adultos se ingresa a la edad de trece años a cualquier grado de la educación básica primaria. Con quince años de edad cumplidos pueden ingresar a la básica secundaria o adelantar cualquier ciclo de la misma y con dieciocho años cumplidos puede cursar cualquiera de los ciclos de la educación media. El requisito de los dos años que deben haber dejado de estudiar, contemplados en el numeral 2 del artículo 16 del decreto 3011de 1997 fue declarado nulo por la corte, por lo tanto para ingresar a cualquiera de los ciclos de la educación no es necesario haber interrumpido estudios.
Mensualmente, a mas tardar el día 15 del mes siguiente.
La Unidad de Atención Integral (UAI) es una instancia de carácter municipal e intersectorial y su creación es opcional. Puede funcionar con recursos propios y con talento humano proveniente de las diferentes instancias del gobierno municipal. Su organización requiere de la articulación entre los diferentes sectores y organizaciones locales.
Los códigos del Plan de Cuentas autorizados por la Secretaría de Educación para los Establecimientos Educativos los cuales se encuentran en la Página WEB de la Secretaría de Educación Departamental.
Los recursos legales contra los actos administrativos relacionados con el Escalafón serán los de ley de acuerdo con la definición de la competencia que se adopte al momento de definir la repartición organizacional encargada de resolver las asuntos relacionados con el escalafón.
Mantener actualizados los datos de los funcionarios en las hojas de vida y el sistema de informacion y generar oportunamente los certificados. laborales.
Realizar la consulta al Documento Guía. 34 o Ruta de Mejoramiento, emitido por el Ministerio de Educación Nacional, apoyado con las orientaciones dadas por los funcionarios del Equipo de Acompañamiento a las Instituciones Educativas responsables de los procesos.
La política establece que: La población con necesidades educativas especiales tiene derecho a recibir educación desde el nivel preescolar hasta la educación media y superior, en instituciones de educación formal con los apoyos técnicos, materiales y humanos requeridos. Las ETC harán un diagnóstico de la demanda existente y organizarán la oferta del servicio educativo, escogiendo las instituciones donde lo ofertarán y asignando los recursos adicionales (financieros, humanos y materiales. Las IE efectuarán las adecuaciones organizativas, curriculares y de acceso cuando sean necesarias y el proceso de evaluación será flexible y congruente con las adecuaciones curriculares y con las condiciones de los estudiantes. Los currículos y planes de estudio de las Escuelas Normales Superiores y las instituciones de educación superior en general incluirán los temas de discapacidad y excepcionalidad. Las principales normas son: La Constitución Política, Ley General de Educación (115 de 1994, título III, capítulo. Decreto 2082 de 1996; Resolución 2565 de 2003, Ley 361 de 1997, Ley 324 de 1996, Ley 715 de 2001, Ley 762 de 2002, Ley 982 de 2005; Ley 1098 de 2006 y la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad y la Ley 1145 de 2007.
R: Los mismos requisitos exigidos por el fondo nacional de prestaciones sociales del magisterio: 1.acta de defuncion 2.decreto de retiro del servicio 3.original y copia de la cedula de ciudadania del beneficiario 4.paz y salvo de la entidad pagadora y de la institucion educativa para la cual laboraba 5.constancia de aportes 6.registro de matrimonio (esposo), o registro civil de nacimiento (hijo)
Las novedades se reportan al área de cobertura a los correos electrónicos: cobertura_ns@hotmail.com omjaimes@sednortedesantander.gov.co donde especifiquen: Matricula de transferencias: Sede, jornada, grado y grupo donde se debe matricular el alumno Matricula de alumnos nuevos (No están registrados en el SIMAT): Diligenciar el Anexo 6A y enviarlo a los correos anteriores o incluir los alumnos directamente por la opción ESTUDIANTE – REGISTRO DE ESTUDIANTES.
La fiduciaria cancela los intereses en una unica nomina en el mes de marzo de cada año, y posterior adicionales para cumplir con los pagos del personal docente que no fue incluido en esa nomina.
Cuando un estudiante del bachillerato de adultos se transfiere a un plantel de bachillerato diurno regular no tiene que validar ninguna área, ya que los planes de estudio que ofrecen los planteles de educación de adultos que estén debidamente aprobados por la Secretaria de Educación tienen validez en todo el país.
La Corte Constitucional mediante Sentencia No. C-507 de 1997 solamente declaró inexequible las expresiones “licenciado en ciencias de la educación” y “título de postgrado en educación”, contenidas en el artículo 10 del Decreto Ley 2277 de 1979. En consecuencia, los profesionales universitarios no licenciados para ascender al grado 13 del Escalafón requieren siete (7) créditos en igualdad de condiciones con los licenciados en ciencias de la educación.
En la página, http://www.sistemamatriculas.gov.co/ayuda/index.html
Se inicia con la solicitud del certificado por parte del docente o personal administrativo en la oficina de atención al ciudadano.
La validación solamente se puede hacer en el ICFES, Servicio Nacional de Pruebas en las fechas que ellos determinen. En el momento las están efectuando dos veces por año y la realizan en un solo examen para reconocer todo el nivel de Educación Básica Secundaria y Media. No se están haciendo validaciones de grados aislados. Ningún establecimiento educativo está autorizado para hacer validaciones de grados. El alumno que tenga algún problema de pérdida de algún grado o que no se encuentre el certificado por algún motivo, tendría que cursar en un plantel de educación de adultos el ciclo completo del grado que le haga falta, ejemplo, si no aparece su certificado de grado séptimo, tendría que cursar el tercer ciclo completo que correspondería a los grados sexto y séptimo, durante un año en un plantel de educación para adultos debidamente aprobado.
De conformidad con los artículos 2 y 76 de la Ley 734 de 2002, la oficina de control interno disciplinario que debe organizarse en toda entidad u organismo del Estado, es la encargada de conocer los asuntos disciplinarios contra los servidores públicos de sus dependencias. Para los docentes vinculados a la planta de personal de Norte de Santander el certificado de no exclusión del Escalafon Docente lo expide la Oficina de Control Interno Disciplonario ubicada enla Gobernación del Departamento.
De conformidad con el artículo 19 del Decreto 709 de 1996, se podrán valer por una sola vez como requisito de capacitación para ascenso en el Escalafón, las calificaciones, debidamente aprobadas, correspondientes a dos (2) semestres o a un (1) año académico completo de pregrado en educación o postgrado en educación, que adelantan los bachilleres pedagógicos, los normalistas superiores, los licenciados y los profesionales escalafonados. Estas calificaciones no son homologables por un número específico de créditos para ascenso en el Escalafón y deben ser avaladasd por el comité de capacitación docente.
Los alumnos que cursan bachillerato de alumnos hasta noveno grado en los respectivos ciclos y desean transferirse a un plantel de educación media técnica para cursar los grados décimo y undécimo de media técnica, lo pueden hacer sin ningún problema y no validan ninguna área.
Los centros de capacitación o preparación para pruebas ICFES o para validación no pueden hacer validaciones de grados, solamente preparan a los alumnos para presentarse al servicio nacional de pruebas del ICFES.
Sí. Todos los establecimientos educativos que cumplan con los requisitos legales de funcionamiento y con las condiciones establecidas en el Decreto 2832 de 2005, pueden efectuar, gratuitamente, la validación de estudios, por grados, de la educación básica y media académica, excepto el grado que conduce al título de bachiller. En tal caso, el interesado puede validar el bachillerato en un solo examen ante el ICFES, de conformidad con establecido en el Decreto 299 de 2009.
Los cursos para ascenso en el Escalafón continúan rigiéndose por las disposiciones contenidas en el Decreto 709 de 1996, reglamentario de la Ley 115 de 1994. Así mismo, el Decreto 1095 de 2005, en el artículo 3, lo acoge como antecedente y en el artículo 4 dispone que “las entidades territoriales certificadas podrán dar validez en su jurisdicción, a los programas de formación permanente registrados previamente ante el Comité de Capacitación de Docentes de alguna de ellas de conformidad con el Decreto 709 de 1996, mediante la expedición del correspondiente acto administrativo, debidamente motivado”.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto Ley 2277 de 1979, a los docentes que laboran en instituciones educativas privadas se les aplican las normas de este decreto.
Los educadores graduados y aquellos que deseen vincularse al sistema oficial, deben concursar para ocupar un cargo docente oficial, aprobarlo y ser nombrado en periodo de prueba hasta culminar el correspondiente año escolar (desempeñar el cargo por lo menos 4 meses); una vez terminado el año escolar deberá aprobar la evaluación de desempeño laboral y de competencias para ser inscrito en el escalafón docente.
Ascenso en el escalafón docente, Anticipos de cesantías, Cesantías definitivas, Pensión Gracia, Pensión derecho, Pensión vejéz, Reliquidación pensión gracia y pensión derecho, Ajuste pensión gracia y pensión derecho, Sustitución pensional, Bono Pensional y Comporbación de tiempo de servicio.
Con los recursos del Sistema General de Participaciones que la Nación transfiere a las entidades territoriales para financiar el acceso de toda la población en edad escolar al servicio que ofrecen las instituciones educativas oficiales.
Los educadores no licenciados deben presentar concurso y ser nombrados en periodo de prueba en un plantel oficial y aprobar las evaluaciones de desempeño y de competencias y acreditar que cursan o han terminado un postgrado en educación o que han realizado un programa de pedagogía (Decreto 2035 de 2005).
Debe acercarse al Área de Cobertura con copia del acto administrativo por el cual lo asignan al nuevo establecimiento educativo y solicitar la cancelación de la clave antigua y creación del nuevo usuario.
Es la metodologia en la que se deben realizar los proyecto
Según lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 115 de 1994, la comunidad educativa debe estar constituída por las personas que tienen responsabilidades directas en la organización, desarrollo y evaluación del proyecto educativo institucional que se ejecuta en un determinado establecimiento o institución educativa. El Consejo Directivo, como instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento. El Consejo Académico, como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento. El Rector, como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar. Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes. Dos representantes de los padres de familia elegidos por la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia. Un representante de los estudiantes elegido por el Consejo de Estudiantes, Un representante de los ex alumnos elegido por el Consejo Directivo, Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local. El representante será escogido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones
Los ofertados por las Universidades y Corporaciones, autorizadas y/o certificadas para ofrecer especializaciones o cursos de formación, dirigidas a los docentes y acreditas ante el SNIES con extensión al Departamento Norte de Santander y los 39 municipios no certificados, reconocidos por el Comité Territorial de Formación Docente. En la página WEB de la Secretaría de Educación, se publican los mismos.
Balance de comprobación a seis dígitos, Relación de ingresos, Relación de egresos, Extracto bancario y Conciliación bancaria.
Las claves de SIMAT son entregadas a los directivos docentes de los establecimientos educativos oficiales quienes son los responsables del manejo de la información.
Las horas extras de personal administrativo son exclusivas para los auxiliares de servicios generales y celadores; no deben exceder de cincuenta (50) horas mensuales. En relación con el personal docente solo pueden autorizarse previa disponibilidad presupuestal hasta diez (10) horas semanales.
De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 23 de Decreto 259 de 1981, modificado por el artículo 74 del decreto 2480 de 1986, cuando por acumulación de requisitos un docente deba ascender varios grados, dichos ascensos se pueden decidir mediante un solo acto administrativo, siempre y cuando el docente lo haya solicitado. En este caso deben quedar claramente identificados el cumplimiento de los requisitos y las fechas correspondientes a cada uno de los ascensos. En caso de que por acumulación de requisitos un docente presente dos solicitudes, éstas deben resolverse en estricto orden de radicación.
Sí; a los funcionarios de la Secretaría de Educación del Área Contable, mediante cita previa telefónica.
Nó. Las correcciones deben efectuarse en el siguiente informe a presentar, una vez se hayan solicitado las correcciones mediante oficio por parte del funcionario del Area Contable.
Sólo en medio impreso y se puede recibir también en otro programa contable solamente impreso.
Sí son válidos los certificados de cursos de capacitación para ascenso en el Escalafón, expedidos por un Centro Experimental Piloto antes de su incorporación, en virtud de la Ley 60 de 1993, a la estructura de la secretaría de educación de la entidad territorial cerificada. La expedición o actualización de certificados de cursos de capacitación realizados por los educadores antes de la publicación del Decreto 709 de 1996, corresponde a la secretaría de educación con fundamento en los archivos históricos.
Sí son válidos los certificados de cursos de capacitación para ascenso en el Escalafón, expedidos por un Centro Experimental Piloto antes de su incorporación, en virtud de la Ley 60 de 1993, a la estructura de la secretaría de educación de la entidad territorial cerificada. La expedición o actualización de certificados de cursos de capacitación realizados por los educadores antes de la publicación del Decreto 709 de 1996, corresponde a la secretaría de educación con fundamento en los archivos históricos.
El docente a quien se le reconocieron tres (3) años de servicio por mejoramiento académico, previstos en el artículo 39 del Decreto Ley 2277 de 1979, e hizo valer este estímulo para ascenso en el Escalafón, no podrá utilizar nuevamente como requisito para ascender al grado 14 el título de postgrado con el cual había obtenido el reconocimiento por mejoramiento académico.
Todos los documentos que se solicitan para la presentación del proyecto se debe radicar en la oficina de archivo de la Gobernación del Departamento y de ahí pasan a la Secretaría de Planeación y luego a la oficina de proyectos donde se asigna un profesional para que realice el estudio y proceda a la respectiva Viabilización. Si el proyecto es viable, obtendrá un código SEPPI (]Sistema de Evaluación de Programas y Proyectos de Inversión) y si no es viable se devuelve a la entidad que lo presentó junto con el análisis y correcciones correspondientes.
Oficina Banco de Proyectos, Cúpula Chata, Av 5 Calle 13 y 14 Esquina, Gobernación Norte de Santander
La cobertura de acueducto Urbano es del 97.3%
Los Mapas del Departamento de Norte de Santander son: 1. División Político Administrativa 2. División Político Administrativa Intramunicipal 3. Unidades Funcionales por municipio 4. Físico Político 5. Subregionalización 6. Vías 7. Hidrográfico Nota: Esta información se facilitará al usuario de inmediato una vez traiga un Cd´R o solicitud por escrito.
Los Mapas Fronterizos son: 1. Vial fronterizo 2. Delimitación de la ZIF (Zona de Integración Fronteriza) Nota: Esta información se facilitará al usuario de inmediato una vez traiga un Cd´R o escrito, de acuerdo a solicitud establecida.
Los Mapas Veredales Municipales son la división política que corresponde a cada municipio que a continuación se nombran: Ábrego, Arboledas, Bochalema, Bucarasica, Cáchira, Cácota, Chinácota, Chitagá, Convención, Cúcuta, Cucutilla, Durania, El Carmen, El Tarra, El Zulia, Gramalote, Hacarí, Herrán, La Esperanza, ,La Playa, Labateca, Los Patios, Lourdes, Mutiscua, Ocaña, Pamplona, Pamplonita, Puerto Santander, Ragonvalia, Salazar, San Calixto, San Cayetano, Santiago, Sardinata, Silos, Teorama, Tibú, Toledo, Villa del Rosario, Villacaro. Nota: Esta información se facilitará al usuario de inmediato una vez traiga un Cd o por escrito, de acuerdo a solicitud realizada.
Los nombres de las veredas de los municipios son de acuerdo a la división política de cada municipio que conforma del Departamento Norte de Santander, que son: Ábrego, Arboledas, Bochalema, Bucarasica, Cáchira, Cácota, Chinácota, Chitagá, Convención, Cúcuta, Cucutilla, Durania, El Carmen, El Tarra, El Zulia, Gramalote, Hacarí, Herrán, La Esperanza, ,La Playa, Labateca, Los Patios, Lourdes, Mutiscua, Ocaña, Pamplona, Pamplonita, Puerto Santander, Ragonvalia, Salazar, San Calixto, San Cayetano, Santiago, Sardinata, Silos, Teorama, Tibú, Toledo, Villa del Rosario, Villacaro. Nota: Esta información se facilitará al usuario de inmediato una vez traiga un Cd o por escrito, de acuerdo a la solicitud realizada
Para la presentación de los proyectos, si son de infraestructura se debe presentar: Carta de presentación del proyecto, Certificación que el proyecto se encuentra dentro del Plan de Desarrollo, Certificado sectorial, Certificado de Instrumentos públicos, planos de localización, certificaciones de cofinanciación del proyecto, estudios (de suelos, topográficos, eléctricos, de ingeniería y arquitectónicos); diseños, presupuesto, análisis de precios unitarios, cronograma de actividades y todo lo anterior reflejado en la metodología MGA (Metodología General Ajustada) que se debe presentar en medio magnético y la ficha EBI “Estadística Básica de Inversión” en medio físico. La MGA generará la Ficha EBI automáticamente con excepción de los datos del formulador, evaluador y viabilizador y la Calificación de la priorización del Proyecto o Programa. Los otros proyectos que nos sean de Infraestructura se debe presentar Carta de presentación del proyecto, Certificación que el proyecto se encuentra dentro del Plan de Desarrollo, Certificado sectorial, planos de localización, certificaciones de cofinanciación del proyecto, estudios de costos, presupuesto, cotizaciones, cronograma de actividades y todo lo esto reflejado en la metodología MGA (Metodología General Ajustada).
No, estamos en proceso de formulación con un trabajo articulado con el ICBF (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar) y demás Instituciones involucradas en la seguridad alimentaria como por ejemplo: Acción Social, ICA (Instituto Colombiano Agropecuario), INCODER (Instituto Colombiano de Desarrollo Rural), Federación de Cafeteros, Gremios, Universidades, etc.
Se pueden presentar proyectos Ambientales, Ciencia y Tecnología, Regionales de Comercialización, Proyectos de Pequeña Irrigación, Proyectos de Construcción, Mejoramiento y Rehabilitación de Infraestructura Vial; Mineros, Proyectos de Construcción y Mejoramiento de Carreteras, Proyectos de Gestión Integral de Residuos Sólidos, Proyectos Carcelarios, Tribunales y Despachos Judiciales; Proyectos de Educación, Energía y Salud.
No. Se anula el pasaporte y no la visa. La visa sigue vigente.
Las fotografías deben ser recientes, a color, de frente, con fondo blanco, de 3.5 por 4.5 centímetros. La representación de la cabeza, desde el mentón hasta la coronilla debe ocupar entre el 70 y el 80% de la dimensión vertical de la zona del retrato, es decir medir 3.5 cmts aprox. Las 3 fotos deben ser idénticas.
El Pasaporte con zona de Lectura Mecánica no va a tener notas aclaratorias porque los datos se imprimen en un material de seguridad que por sus características no permite ser modificado. En los casos de novedades o correcciones deberá solicitarse un nuevo documento. El ciudadano debe verificar que la información contenida en el pasaporte es correcta al momento de recibirlo.
El pasaporte fronterizo es válido únicamente para entrar y salir de Colombia desde y hacia el país en donde sea expedido.
El pasaporte de Lectura Mecánica tiene una vigencia de 10 años.
El pasaporte de lectura mecánica puede solicitarse sólo en los siguientes casos: (1) Por primera vez. (2) Por vencimiento, o cuando la vigencia del pasaporte actual sea inferior a un año al momento de hacer la solicitud. (3) Por pérdida o robo. (4) Por deterioro o daño que impida su uso. (5) Cuando el pasaporte vigente no cuente con páginas disponibles. (6) Por mayoría de edad. (7) Voluntariamente
Sí. En este caso debe presentar autorización expresa y escrita del Defensor de familia.
El pasaporte ordinario tiene 32 páginas, el pasaporte ejecutivo tiene 48 páginas.
Al día siguiente en que efectúa el pago. En horas de la tarde.
Debe presentarlo, pero no entregarlo. En el momento del trámite de la nueva libreta, el funcionario encargado anula las páginas en blanco del pasaporte anterior y lo entrega al usuario para que lo conserve. En ningún caso la oficina de pasaportes retiene la libreta anulada.
Colombia, en cumplimiento de un acuerdo mundial con la Organización de Aviación Civil Internacional inició desde el 15 de julio de 2010 en Bogotá y a través de la Gobernación de Norte de Santander a partir del 1 de octubre de 2010.
En la oficina de pasaportes de la Gobernación del Dpto., ubicada en la calle 11 No. 5-05, antiguo banco de la República, Centro Teléfono 5836081.
En ningún caso el Pasaporte se revalida. Se reemplaza por uno nuevo.
No. El pasaporte es el documento personal que identifica a los colombianos en el exterior. Todo colombiano que viaje al exterior, deberá estar provisto de pasaporte válido
Sí, se debe recoger personalmente para verificar los datos. Sin embargo, en casos especiales se puede enviar a otra persona, mayor de edad, con una autorización.
Hasta el 24 de noviembre de 2015 usted podrá continuar viajando con el pasaporte regular, el que NO tiene dispositivo de lectura mecánica, siempre y cuando no se encuentre vencido. Desde 2015 la mayoría de países del mundo exigirá el uso de pasaportes de lectura mecánica.
No. Los pasaportes fronterizos los expiden los Cónsules de la República de Colombia acreditados en Brasil, Ecuador, Panamá, Perú y Venezuela.
No. Para tramitar el pasaporte no se requiere la presentación de la Reseña del DAS
No. En todos los casos el hijo se debe presentar. Si tiene más de 7 y menos de 18 años el mismo debe firmar el pasaporte e imprimir su huella dactilar. Si es menor de 7 años, aún cuando uno de sus padres es quien firma el pasaporte por él, es igualmente indispensable su presencia.
Los recursos legales contra los actos administrativos relacionados con el Escalafón serán los de ley de acuerdo con la definición de la competencia que se adopte al momento de definir la repartición organizacional encargada de resolver las asuntos relacionados con el escalafón.
Mantener actualizados los datos de los funcionarios en las hojas de vida y el sistema de informacion y generar oportunamente los certificados. laborales.
Realizar la consulta al Documento Guía. 34 o Ruta de Mejoramiento, emitido por el Ministerio de Educación Nacional, apoyado con las orientaciones dadas por los funcionarios del Equipo de Acompañamiento a las Instituciones Educativas responsables de los procesos.
La política establece que: La población con necesidades educativas especiales tiene derecho a recibir educación desde el nivel preescolar hasta la educación media y superior, en instituciones de educación formal con los apoyos técnicos, materiales y humanos requeridos. Las ETC harán un diagnóstico de la demanda existente y organizarán la oferta del servicio educativo, escogiendo las instituciones donde lo ofertarán y asignando los recursos adicionales (financieros, humanos y materiales. Las IE efectuarán las adecuaciones organizativas, curriculares y de acceso cuando sean necesarias y el proceso de evaluación será flexible y congruente con las adecuaciones curriculares y con las condiciones de los estudiantes. Los currículos y planes de estudio de las Escuelas Normales Superiores y las instituciones de educación superior en general incluirán los temas de discapacidad y excepcionalidad. Las principales normas son: La Constitución Política, Ley General de Educación (115 de 1994, título III, capítulo. Decreto 2082 de 1996; Resolución 2565 de 2003, Ley 361 de 1997, Ley 324 de 1996, Ley 715 de 2001, Ley 762 de 2002, Ley 982 de 2005; Ley 1098 de 2006 y la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad y la Ley 1145 de 2007.
R: Los mismos requisitos exigidos por el fondo nacional de prestaciones sociales del magisterio: 1.acta de defuncion 2.decreto de retiro del servicio 3.original y copia de la cedula de ciudadania del beneficiario 4.paz y salvo de la entidad pagadora y de la institucion educativa para la cual laboraba 5.constancia de aportes 6.registro de matrimonio (esposo), o registro civil de nacimiento (hijo)
Debe tramitar un nuevo pasaporte en la Oficina de Pasaportes, presentando la denuncia por pérdida o diligenciando el Formato de Declaración Juramentada, que se entrega en esta oficina. Una vez declarado como perdido, su pasaporte será reportado a las centrales de información del Ministerio de Relaciones Exteriores, donde será anulado para todos los efectos. La anulación se dará a conocer a las autoridades migratorias de los demás países y a la INTERPOL.
El Pasaporte con zona de Lectura Mecánica es un documento de viaje que incluye en la hoja de datos del portador dos líneas de información que pueden ser interpretadas por una máquina. Estas líneas de información se llaman zona de lectura mecánica y contienen los datos básicos del portador en dos líneas de información: nombre, nacionalidad, fecha de vencimiento, entidad que expide el documento, número de pasaporte, entre otros.
Las visas incluidas en su pasaporte conservarán su periodo de vigencia original aún después de hecha la renovación del pasaporte colombiano. Por ejemplo, si usted tiene una visa de los Estados Unidos vigente hasta el año 2014 y renueva su pasaporte colombiano porque este se vence en septiembre del 2010, en el momento de la renovación del pasaporte su visa continuará vigente hasta el año 2014, siempre y cuando su visa a los Estados Unidos no haya sido cancelada por las autoridades migratorias de ese país.
Sí. Existen varios motivos para cambiar un pasaporte. Puede ser por deterioro, por término de su vigencia, por uso total, por pérdida o porque voluntariamente lo quiere cambiar.
No. El solicitante debe presentarse personalmente en la oficina, para diligenciar el formulario, firmar e imprimir su huella dactilar en presencia de un funcionario de la Oficina de Pasaportes. Para adelantar este trámite no se requiere intermediarios.
Sí. Ningún nacional puede portar más de un pasaporte colombiano vigente. Quien posea pasaporte vigente y solicite uno nuevo de la misma o de otra clase, ocultando a la autoridad expedidora la existencia de este documento, incurrirá en las sanciones penales a que haya lugar.
No. Ningún nacional puede portar más de un pasaporte colombiano vigente. Quien posea pasaporte vigente y solicite uno nuevo de la misma o de otra clase, ocultando a la autoridad expedidora la existencia de este documento, incurrirá en las sanciones penales a que haya lugar.
1. En cumplimiento de un acuerdo internacional: La Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) emitió la resolución No. A36-15 en la que instó a sus 190 países miembros a expedir pasaportes de lectura mecánica desde el 2010. La intención de esta resolución es garantizar la seguridad e integridad de los documentos de viaje en todo el mundo. Colombia, que pertenece a esta entidad desde 1947, da cumplimiento a este compromiso internacional con la expedición del nuevo pasaporte. 2. Porque agiliza los procesos migratorios: La zona de lectura mecánica facilita el proceso de reconocimiento y registro del viajero al momento de ingresar o salir de un país, porque una máquina interpreta automáticamente la información codificada en el pasaporte, lo que reduce aproximadamente en un 50% el tiempo de atención por parte de los agentes de migración.
Los alumnos que cursan bachillerato de alumnos hasta noveno grado en los respectivos ciclos y desean transferirse a un plantel de educación media técnica para cursar los grados décimo y undécimo de media técnica, lo pueden hacer sin ningún problema y no validan ninguna área.
Los centros de capacitación o preparación para pruebas ICFES o para validación no pueden hacer validaciones de grados, solamente preparan a los alumnos para presentarse al servicio nacional de pruebas del ICFES.
Sí. Todos los establecimientos educativos que cumplan con los requisitos legales de funcionamiento y con las condiciones establecidas en el Decreto 2832 de 2005, pueden efectuar, gratuitamente, la validación de estudios, por grados, de la educación básica y media académica, excepto el grado que conduce al título de bachiller. En tal caso, el interesado puede validar el bachillerato en un solo examen ante el ICFES, de conformidad con establecido en el Decreto 299 de 2009.
Los cursos para ascenso en el Escalafón continúan rigiéndose por las disposiciones contenidas en el Decreto 709 de 1996, reglamentario de la Ley 115 de 1994. Así mismo, el Decreto 1095 de 2005, en el artículo 3, lo acoge como antecedente y en el artículo 4 dispone que “las entidades territoriales certificadas podrán dar validez en su jurisdicción, a los programas de formación permanente registrados previamente ante el Comité de Capacitación de Docentes de alguna de ellas de conformidad con el Decreto 709 de 1996, mediante la expedición del correspondiente acto administrativo, debidamente motivado”.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto Ley 2277 de 1979, a los docentes que laboran en instituciones educativas privadas se les aplican las normas de este decreto.
Los educadores graduados y aquellos que deseen vincularse al sistema oficial, deben concursar para ocupar un cargo docente oficial, aprobarlo y ser nombrado en periodo de prueba hasta culminar el correspondiente año escolar (desempeñar el cargo por lo menos 4 meses); una vez terminado el año escolar deberá aprobar la evaluación de desempeño laboral y de competencias para ser inscrito en el escalafón docente.
Ascenso en el escalafón docente, Anticipos de cesantías, Cesantías definitivas, Pensión Gracia, Pensión derecho, Pensión vejéz, Reliquidación pensión gracia y pensión derecho, Ajuste pensión gracia y pensión derecho, Sustitución pensional, Bono Pensional y Comporbación de tiempo de servicio.
Con los recursos del Sistema General de Participaciones que la Nación transfiere a las entidades territoriales para financiar el acceso de toda la población en edad escolar al servicio que ofrecen las instituciones educativas oficiales.
Los educadores no licenciados deben presentar concurso y ser nombrados en periodo de prueba en un plantel oficial y aprobar las evaluaciones de desempeño y de competencias y acreditar que cursan o han terminado un postgrado en educación o que han realizado un programa de pedagogía (Decreto 2035 de 2005).
Debe acercarse al Área de Cobertura con copia del acto administrativo por el cual lo asignan al nuevo establecimiento educativo y solicitar la cancelación de la clave antigua y creación del nuevo usuario.
Es la metodologia en la que se deben realizar los proyecto
Según lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 115 de 1994, la comunidad educativa debe estar constituída por las personas que tienen responsabilidades directas en la organización, desarrollo y evaluación del proyecto educativo institucional que se ejecuta en un determinado establecimiento o institución educativa. El Consejo Directivo, como instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento. El Consejo Académico, como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento. El Rector, como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar. Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes. Dos representantes de los padres de familia elegidos por la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia. Un representante de los estudiantes elegido por el Consejo de Estudiantes, Un representante de los ex alumnos elegido por el Consejo Directivo, Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local. El representante será escogido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones
Los ofertados por las Universidades y Corporaciones, autorizadas y/o certificadas para ofrecer especializaciones o cursos de formación, dirigidas a los docentes y acreditas ante el SNIES con extensión al Departamento Norte de Santander y los 39 municipios no certificados, reconocidos por el Comité Territorial de Formación Docente. En la página WEB de la Secretaría de Educación, se publican los mismos.
Balance de comprobación a seis dígitos, Relación de ingresos, Relación de egresos, Extracto bancario y Conciliación bancaria.
Las claves de SIMAT son entregadas a los directivos docentes de los establecimientos educativos oficiales quienes son los responsables del manejo de la información.
Las horas extras de personal administrativo son exclusivas para los auxiliares de servicios generales y celadores; no deben exceder de cincuenta (50) horas mensuales. En relación con el personal docente solo pueden autorizarse previa disponibilidad presupuestal hasta diez (10) horas semanales.
De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 23 de Decreto 259 de 1981, modificado por el artículo 74 del decreto 2480 de 1986, cuando por acumulación de requisitos un docente deba ascender varios grados, dichos ascensos se pueden decidir mediante un solo acto administrativo, siempre y cuando el docente lo haya solicitado. En este caso deben quedar claramente identificados el cumplimiento de los requisitos y las fechas correspondientes a cada uno de los ascensos. En caso de que por acumulación de requisitos un docente presente dos solicitudes, éstas deben resolverse en estricto orden de radicación.
Sí; a los funcionarios de la Secretaría de Educación del Área Contable, mediante cita previa telefónica.
Nó. Las correcciones deben efectuarse en el siguiente informe a presentar, una vez se hayan solicitado las correcciones mediante oficio por parte del funcionario del Area Contable.
Sólo en medio impreso y se puede recibir también en otro programa contable solamente impreso.
Sí son válidos los certificados de cursos de capacitación para ascenso en el Escalafón, expedidos por un Centro Experimental Piloto antes de su incorporación, en virtud de la Ley 60 de 1993, a la estructura de la secretaría de educación de la entidad territorial cerificada. La expedición o actualización de certificados de cursos de capacitación realizados por los educadores antes de la publicación del Decreto 709 de 1996, corresponde a la secretaría de educación con fundamento en los archivos históricos.
Sí son válidos los certificados de cursos de capacitación para ascenso en el Escalafón, expedidos por un Centro Experimental Piloto antes de su incorporación, en virtud de la Ley 60 de 1993, a la estructura de la secretaría de educación de la entidad territorial cerificada. La expedición o actualización de certificados de cursos de capacitación realizados por los educadores antes de la publicación del Decreto 709 de 1996, corresponde a la secretaría de educación con fundamento en los archivos históricos.
El docente a quien se le reconocieron tres (3) años de servicio por mejoramiento académico, previstos en el artículo 39 del Decreto Ley 2277 de 1979, e hizo valer este estímulo para ascenso en el Escalafón, no podrá utilizar nuevamente como requisito para ascender al grado 14 el título de postgrado con el cual había obtenido el reconocimiento por mejoramiento académico.
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